martes, 6 de abril de 2010

IV TITULO

CAPITULO 1
PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA & PARTIDOS POLÍTICOS
FORMAS DE PARTICIPACIÓN
-PARTICIPACIÓN DEL PUEBLO : EL VOTO, EL PLEBISCITO, EL REFERENDO, LA CONDUCTA POPULAR, EL CABILDO ABIERTO, LA INICIATIVA LEGISLATIVA Y LA REVOCATORIA DEL MANDATO.
- EL PRESIDENTE TENDRÁ QUE TENER TODAS LA FIRMA DE LOS MINISTRO PARA CONSULTAR AL PUEBLO LAS DECISIONES DE TRANSCENDENCIA NACIONAL ; LA DECISIÓN DEL PUEBLO ES OBLIGATORIA.
- LOS GOBERNADORES Y ALCALDES PODRÁN REALIZAR CONSULTAS POPULARES PARA DECIDIR SOBRE EL MUNICIPIO O EL DEPARTAMENTO.
- LOS HABITANTES TERRITORIALES PODRÁN PRESENTAR PROYECTOS SOBRE ASUNTOS QUE SON DE COMPETENCIA DE LA RESPECTIVA CORPORACIÓN PUBLICA.
CAPITULO 2
PARTIDOS & MOVIMIENTOS POLÍTICOS
- DERECHO DE FUNDAR, ORGANIZAR PARTIDOS POLÍTICOS.
-EL ESTADO CONTRIBUIRÁ A LA FINANCIACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO Y DE LAS CAMPAÑAS ELECTORALES DE LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS CON PERSONERÍA JURÍDICA.
-SE PROHÍBE QUE LOS QUE DESEMPEÑA FUNCIONES PUBLICAS HACER CONTRIBUCIONES A LOS PARTIDOS; MOVIMIENTOS O CANDIDATOS .
-LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLÍTICOS TIENEN DERECHO A UTILIZAR LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN CONFORME A LA LEY.
CAPITULO 3
DEL ESTATUTO DE LA OPOSICIÓN
- LOS PARTIDOS & MOVIMIENTOS POLÍTICOS QUE NO PARTICIPAN EN EL GOBIERNO PODRAN EJERCER LIBREMENTE LA FUNCIÓN CRITICA FRENTE A ESTE Y PLANTEAR Y DESARROLLAR ALTERNATIVAS POLÍTICAS.

LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS MINORITARIOS TENDRÁN DERECHO A PARTICIPAR EN LAS MESAS DIRECTIVAS DE LOS CUERPOS COLEGIADOS; SEGÚN SU REPRESENTACIÓN EN ELLOS.

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